¿Puedo trabajar mientras se resuelve mi solicitud de asilo?
Mientras un expediente de protección internacional está en trámite, muchas personas solicitantes necesitan ingresos para vivir. La ley reconoce ese derecho, aunque no desde el primer día.
El derecho al trabajo del solicitante de protección internacional
El artículo 32 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, establece que las personas solicitantes de protección internacional serán autorizadas a trabajar en España en los términos que se establezcan reglamentariamente. Es decir, la propia ley reconoce el derecho, pero remite su desarrollo práctico —y en particular el plazo desde el que se puede empezar a trabajar— a la normativa reglamentaria.
Ese desarrollo reglamentario, vinculado también al sistema de acogida regulado por el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, concreta que la autorización de trabajo se activa una vez transcurrido un plazo determinado desde la presentación de la solicitud, si esta ha sido admitida a trámite y todavía no se ha resuelto.
El plazo de seis meses
Con carácter general, ese plazo es de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud de protección internacional. Si transcurrido ese tiempo el expediente sigue sin resolverse —y esa demora no es imputable a la persona solicitante, por ejemplo, por no haber comparecido a trámites o no haber aportado documentación requerida—, se reconoce el derecho a trabajar mientras continúa la tramitación.
Este mecanismo busca un equilibrio: por un lado, evita que una persona quede sin ingresos ni acceso al mercado laboral durante meses o años mientras se resuelve su expediente; por otro, no convierte automáticamente la solicitud de asilo en una vía de acceso inmediato al empleo, respetando el tiempo que la Administración necesita para examinar cada caso.
Cómo se acredita la autorización
La autorización para trabajar no se documenta aparte: se refleja mediante la anotación "autoriza a trabajar" en la propia tarjeta de solicitante de protección internacional (la conocida tarjeta roja) y, en su caso, en las renovaciones sucesivas de esta. Esa inscripción está condicionada a la vigencia del documento, por lo que es fundamental mantenerlo actualizado y renovarlo dentro de plazo.
- El documento que hay que mostrar al empleador es la tarjeta de solicitante con la anotación correspondiente
- La tarjeta se renueva habitualmente por periodos de seis meses mientras dure el procedimiento
- Conviene solicitar la renovación con antelación suficiente para evitar periodos sin documento válido
- Si la solicitud se resuelve favorablemente, la nueva autorización de residencia (como refugiado o como beneficiario de protección subsidiaria) lleva aparejada la autorización de trabajo sin necesidad de esperar plazos adicionales
Mientras esperas los seis meses
Durante los primeros meses de tramitación, en los que todavía no se puede acceder a un empleo por cuenta propia o ajena, la persona solicitante puede acceder, si cumple los requisitos, al sistema de acogida en materia de protección internacional (alojamiento, manutención y otras prestaciones básicas) mientras dure esa fase inicial. Es un aspecto que conviene valorar junto con el resto de tu situación personal y familiar, porque el acceso y la duración de estas ayudas dependen de las plazas disponibles y de las circunstancias de cada expediente.
Los plazos y las condiciones de acceso al sistema de acogida pueden variar según la disponibilidad de recursos en cada momento, por lo que es aconsejable verificar la situación actualizada con el organismo competente o con tu abogado de confianza.
Trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia
La autorización que se obtiene una vez cumplido el plazo legal no se limita al trabajo por cuenta ajena: con la anotación correspondiente en la tarjeta de solicitante, también es posible desarrollar una actividad por cuenta propia, siempre respetando los requisitos generales exigibles a cualquier persona que quiera darse de alta como autónoma en España (inscripción en la Seguridad Social, obligaciones fiscales, y en su caso, los requisitos específicos de la actividad que se pretenda ejercer). En la práctica, muchas personas solicitantes de protección internacional encuentran su primer empleo a través de entidades sociales especializadas en la inserción laboral de personas refugiadas, que conocen bien las particularidades de este colectivo y pueden orientar sobre sectores con mayor demanda.
Conviene recordar también que, aunque la autorización de trabajo dependa del transcurso del plazo legal, otros derechos del solicitante —como la asistencia sanitaria o la escolarización de los menores a su cargo— no están condicionados a ese mismo periodo y se reconocen desde el momento en que la solicitud es admitida a trámite. No conviene, por tanto, confundir unos derechos con otros a la hora de planificar la situación familiar durante la tramitación del expediente.
Preguntas frecuentes sobre trabajar durante la solicitud de asilo
¿Cuánto hay que esperar para poder trabajar tras solicitar asilo?
¿Cómo se acredita que puedo trabajar legalmente?
¿Qué pasa si mi solicitud de asilo se retrasa mucho?
Este artículo tiene carácter informativo y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico particular. Cada expediente de protección internacional requiere un análisis individualizado y confidencial de las circunstancias personales. Si necesitas orientación sobre tu situación, contáctanos directamente para tratarlo con la debida discreción.
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